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Félix SEGURA URRA
Los primeros casos sobre la persecución de la hechicería documentados en época medieval permiten trazar para Navarra una evolución en parámetros semejantes a la estudiada para el resto de la Europa Occidental. El escenario quedó inaugurado a finales del siglo XIII con la persecución de prácticas malogradas de curanderismo protagonizadas por elementos marginales de la escala social. En el primer cuarto del siglo XIV comenzaron a detectarse los primeros episodios de pánico colectivo y de carácter hostil hacia determinados grupos antagonistas, enemigos del bien común, acusados de prácticas mortíferas y letales para el conjunto de la sociedad. En ese contexto de alarma social comenzó la interpretación de la vieja hechicería como una práctica herética y maligna y se produjeron los primeros brotes de caza de brujas.
Documento sobre la ejecución, quemada, de brujas.
Las primeras referencias expresas a la superstición y al ocultismo en Navarra se sitúan a finales del siglo XIII y permiten constatar la aceptación generalizada de este tipo de comportamientos, salvo para determinadas mujeres marginales, pertenecientes a grupos religiosos minoritarios en constante vigilancia como los judíos, y por tanto sospechosos de todos sus actos y vigilados en todos sus movimientos. Esas primeras menciones remiten directamente a la persecución y castigo de erróneas y frustradas prácticas de curandería protagonizadas por judías que fueron castigadas con pequeñas multas. Es el caso de la mujer de Tudela que en 1280 pagó 30 sueldos por dar yerbas a una judía y la judía de Viana multada en 1300 con 60 sueldos quod faciebat sorcerias et incantaciones. Los límites con la herejía resultaban sin duda difusos y ambiguos, aunque este tipo de creencias, consideradas supersticiosas por los sectores más eruditos, no parece que provocaran grandes colisiones de heterodoxia, salvo en casos extremos vinculados a las minorías religiosas como los mencionados.
En ese contexto de aceptación de la superstición por la sociedad navarra, y de una incipiente persecución hacia mujeres marginales judías, se inició en la primera mitad del siglo XIV una escalada paranoica que puso su acento en supuestas confabulaciones protagonizadas por grupos antagonistas y hostiles obcecados en atacar los pilares de la sociedad. En apenas una década, el reino se vio sacudido por tres oleadas sucesivas de intolerancia desatada contra las minoritarias comunidades judías y los marginados grupos de leprosos. La primera de ellas, protagonizada por los pastorelos en 1321, apenas tuvo incidencia en Navarra, pero las dos siguientes, dirigidas contra leprosos y contra judíos infanticidas, respectivamente, consiguieron remover las conciencias populares y preparar los ánimos para el rechazo de los peligros intangibles que acechaban a la sociedad.
En 1321 circuló la noticia de una supuesta confabulación de leprosos para contaminar las aguas de uso público y exterminar a los cristianos, lo que provocó una oleada de ejecuciones en Francia y Aragón. En Navarra, la represión se concretó en su captura y posterior destierro, previa confiscación de bienes. Todos los agentes ejecutivos del reino fueron conminados a movilizarse con orden de búsqueda y captura de leprosos, ut caperent leprosos, acusados de enpozonar las aguoas. Una década después de esta paranoia colectiva, en 1332, se disparó otra clamorosa espantada, esta vez contra judíos acusados de matar a niños cristianos para utilizar su corazón y sangre en maleficios. Navarra se sobresaltaba de nuevo por contagio de inquietudes foráneas. Las judías Mesela de Los Arcos y Solbellida de Los Arcos, acusadas a matar a un niño por dar el coraçon a los judios, fueron quemadas en Pamplona. Otros acusados fueron puestos en libertad al demostrarse su inocencia en la supuesta muerte de niños.
En todas estas situaciones aparecía un conjunto de indicios que acabarían convertidos en una constante en la formulación definitiva de la brujería: en primer lugar su vinculación a un tipo de mujer marginal; en segundo lugar el carácter de las denuncias, surgidas desde el rumor vecinal contra crímenes rituales, asociados al curanderismo, a los homicidios más viles y a la adivinación diabólica, y que en última instancia escondían enemistades larvadas en la comunidad; en tercer lugar la inconsistencia jurídica del delito imputado, de difícil demostración, configurado en ciertos casos sobre prácticas frustradas de curandería, pero en otros sobre hechos imposibles por falta de acción o conducta delictiva, por su inconsistencia probatoria y ausencia de culpabilidad; y en cuarto lugar la modalidad del castigo aplicado, el más severo, por muerte en la hoguera, una modalidad íntimamente vinculada al delito de herejía al menos desde principios del siglo XIII. Quedaría fuera de la conceptualización de esta brujería todo lo relacionado con la fenomenología asociada al sabbat con su variado parapeto ritual, bien conocida para otros espacios coetáneos pero que en Navarra no será detectada hasta el siglo XVI. Para J. Caro Baroja la distinción entre hechicería y brujería quedaría marcada por el carácter individual de la primera y el componente colectivo de la segunda.
La configuración delictiva de la hechicería se consolidó en Navarra con los sucesos ocurridos en Ultrapuertos, convertido en estos tiempos en un foco recurrente de brujería entre 1314 y 1370. Al margen de la judía de Viana, ya mencionada, multada en 1300 por hacer sorcerias et incantaciones, en 1314 se capturó a dos mujeres de la tierra de Cisa acusadas de herboleras y de matar a otras mujeres con yherbas malas et por malos engenios. Tras permanecer en prisión 15 días mientras se investigaban los malefiçios que feyto avian fueron sentenciadas a morir en la hoguera. A partir de esa fecha, la pacífica convivencia de las hechiceras rurales en su entorno comunitario llegó a su fin en los territorios de Ultrapuertos, no así en el resto del reino. En la recurrencia de este foco no hay que descartar la influencia de los espacios franceses circundantes, especialmente de Toulouse y Carcassonne, antiguos epicentros de la herejía cátara, cuyas sucesivas oleadas de brujería coinciden con los fenómenos detectados en Ultrapuertos.
Foto: CC BY - mullica.
Además, es posible advertir en la propagación de las denuncias una cierta responsabilidad por parte de las autoridades judiciales. En las tierras de Ultrapuertos, a diferencia de la Navarra peninsular, los tribunales civiles locales gozaron de una cierta exclusividad en el enjuiciamiento de los casos de hechicería, en detrimento de los tribunales eclesiásticos. Esa exclusividad competencial de unos tribunales formados por jurados locales y presididos por un agente policial, cuya formación jurídica se presupone más sutil que la de los legados pontificios, explicaría la credibilidad otorgada a las denuncias, el incremento de las causas y el consiguiente recurso a las ejecuciones.
Efectivamente, en 1329 el lugarteniente del baile de Labastide Clairence arrestó a cinco mujeres sortillegas que empozonavan la gent et eran erboleras et fazian muytos maleficios. Juana la leprosa, Arnalda del Bosc, et Peyrona de Prechacq, Juana Fitola y Dominica de Durban fueron ajusticiadas en la hoguera sin que tengamos más datos sobre lo sucedido, aunque si atendemos a una consideración colectiva de todas ellas estaríamos ante el primer conciliábulo de brujas documentado en Navarra. Al año siguiente se persiguió a Alamana de Mearin, acusada de faytillera, y se envió a la hoguera a Jordana de Irisarri por herbolera. En 1336, el baile de Labastide Clairence y los jurados de la villa enviaron a la hoguera a Gallarda, mujer de Bernardo de la Casa, accusatam de sortilegiis. En 1338 Condesa de Urritzaga, acusada por sus vecinos de hacer faytillas, fue apresada por el castellano de San Juan y encarcelada en el castillo durante treinta y ocho días hasta que confesó haber hecho las faytillas, lo que le costó su cremación en el mercado de la villa. En 1342 la acusación de herboleras y faytilleras contra Alamana de Sara y Montaña de Basques también fue probada segunt lur confession, como seguramente ocurrió con la dueña de Arozteguía y una mujer de Gabat, provadas por erboleras et faytilleras y quemadas en el mercado de Garriz. En 1370 se incoó un proceso ante la corte de Mixa-Ostabarets contra Pes de Goity y Condesa de Beheity por faytilleros, pero se les otorgó la posibilidad de salvarse de la acusación tomando el hierro caliente de Orcoyen.
Respecto a la Navarra peninsular, la criminalización de la hechicería debió ser un fenómeno más tardío, cuanto menos posterior a 1360, momento en el que desaparecen las fuentes de información. La ausencia de datos hasta esa fecha, a excepción de las referencias a leprosas y judías, demuestra que el curanderismo supersticioso y mágico de la Navarra peninsular todavía no había sido alcanzado por la interpretación demonológica, como ocurría en Ultrapuertos, aunque no tardaría en llegar. En efecto, para el siglo XV, el concepto de bruja o sorguiña estaba perfectamente asimilado en el lenguaje popular como sinónimo de un comportamiento irreverente y que provocaba rechazo en la sociedad. Muestra de esa asimilación son los sucesos protagonizados por los jurados de las Cinco Villas, esto es, Lesaca, Vera, Echalar, Yanci y Aranaz, que apresaron sin mandamiento regio a Juan Hereder, acusado de fitillero, y lo quemaron en la hoguera, lo que refleja la plena asimilación popular de la hechicería como un comportamiento maligno a erradicar.
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